La Peña Madridista ‘La Garza Blanca’ de Nerva saca a concurso público su servicio de Repostería. Así se comunicó ayer en la Asamblea General Ordinaria de Socios celebrada en la sede de la decana de las peñas futboleras de Nerva. Las personas interesadas en hacerse cargo del servicio lo pueden comunicar a la Junta Directiva antes del 31 de julio.
Las condiciones para el nuevo contrato son las mismas que las del anterior. El contrato será de 12 meses, desde el día 1 de agosto de 2.023, hasta el día 3 de Julio de 2024, renegociándose por ambas partes su futura renovación. Los precios de las bebidas los pondrá la directiva de mutuo acuerdo con el repostero.
Condiciones:
1.- El horario de apertura y cierre de la sociedad será el siguiente:
a. En temporada de otoño e invierno el horario de apertura será de las 18:30 horas y el de cierre será a las 22:30 horas.
b. En temporada de verano, el horario de apertura será a las 19:00 horas y el de cierre será a las 00:00 horas.
c. Siempre que juegue el Real Madrid al menos una hora antes del comienzo del partido, sea cual sea su índole
d. Podrá cerrar la peña los jueves siempre que no haya partido del Real Madrid en cualquiera de sus disciplinas (futbol, baloncesto, etc).
e. El Horario será flexible en la apertura, pudiéndose adelantar la misma, pero no retrasarla.
f. Podrá cerrar periodos de fin de semana por vacaciones en la temporada de verano previo aviso y acuerdo de la directiva. (durante este periodo también deberá hacerse cargo de todos y cada uno de los pagos acordados en el contrato).
2.- El repostero deberá de pagar el 50% de las facturas de agua, basura y luz. Estará obligado a la recogida de la prensa todos los días, haciéndose cargo del abono del periódico (1.20€) los días que no lo recoja. el pago se realizará mediante ingreso bancario siempre antes de que finalice el mes y una vez se le haya comunicado el ajuste.
3.- El repostero será el encargado de la limpieza DIARIA DEL LOCAL AL COMPLETO y correrá con TODOS los gastos de los materiales necesarios para la realización de dicha tarea. Será de su responsabilidad el perfecto estado en todo momento de las instalaciones, así como proveer de cuanto material se requiera para uso de los socios, tales como papel higiénico, jabón de manos, escobillas, etc.
4.- El repostero estará obligado a ceder el salón a cualquier socio, siempre que cumpla los requisitos reflejados en el capítulo 4 del Reglamento de Régimen Interno.
5.- Respecto a la celebración de eventos por parte de la propia peña, LA REPOSTERÍA SE COMPROMETE A PONER TODOS LOS MEDIOS FÍSICOS Y HUMANOS (CAMARERO EN BARRA Y MESAS, RESPONSABLE COCINA…) PARA OBTENER UN ÓPTIMO RESULTADO EN EL SERVICIO. Aun así, la presidencia, en el caso de no llegar a un acuerdo beneficioso para la sociedad se reserva el derecho a poderlos realizar independientemente, debiendo la repostería facilitar el menaje y maquinaria propiedad de la peña para su celebración.
6.- El repostero será el responsable de velar por el cumplimiento de todas y cada una de las normas de la sociedad, así como del correcto uso de las instalaciones, siendo su responsabilidad cualquier anomalía, desperfecto o infracción que pueda cometerse, manteniendo siempre informado a la directiva.
7.- Respecto al incumplimiento de las cláusulas reflejadas en el contrato existen varios tipos y diferentes repercusiones:
a. De horario y apertura, siempre y cuando no tenga un motivo justificado a juicio de la presidencia o no haya sido avisada a esta con anterioridad se aplicará sanción económica fijada en 5€/día.
b. Por no abastecer de prensa deportiva, se aplica sanción económica igual al precio del periódico.
C. Para el resto de incumplimientos CONSIDERARÁ LA PRESIDENCIA SU TRANSCENDENCIA O REITERACIÓN Y PODRÁ APLICARSE DESDE ADVERTENCIA VERBAL O ESCRITA HASTA INCLUSO LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.